+ billete$ para que los chamos puedan estudiar |
La
vorágine neoliberal y capitalista que hoy está presente en la
sociedad de consumo venezolana, abarca todos los niveles incluyendo
el educativo donde universidades, colegios e instituciones de
educación privada abren sus mandíbulas para devorar el poco dinero
que aún queda en los bolsillos de los padres y representantes. La
misma lógica del libertinaje capitalista que se observa en
panaderías, fábricas, ventas de repuestos, ventas de hortalizas y
víveres, etc. la vemos en los centros que forman parte del
Subsistema de Educación.
Conceptos
inexplicables surgen de la noche a la mañana y son reflejados, si
acaso, en las estructuras de costos que los administradores o
contadores presentan a representantes atónitos. Cualquier monto
tiene como justificación la “situación país”, condicionante
que cercena la posibilidad de queja porque hay que ser muy insensato
para negar la “situación país”. Cobro de reservas de cupos,
multas por pagos retardados, inscripciones en dólares, doble
facturación, cobro de servicios que no se prestan en los centros
educativos y un sinfín de argucias contables para sacarle más
dinero a quienes no manejan la jerga de los números.
La legislación venezolana es clara y establece el marco jurídico para ponerle coto a la usura de quienes hacen de un derecho un negocio. La Educación está garantizada en nuestra Carta Magna, pero a continuación coloco un compendio de leyes y artículos que nos ayudan a la hora de velar por ese derecho para nuestros hijos en instituciones privadas: Ley Orgánica de Educación (LOE) en sus artículos N° 6-1e, 6-2i, 25 y Disposiciones Transitorias PRIMERA – 2 y 3; el Reglamento de la LOE en sus artículos N° 57, 60, 72 y 139; la LOPNA en sus artículos números 147-g y 186.
La legislación venezolana es clara y establece el marco jurídico para ponerle coto a la usura de quienes hacen de un derecho un negocio. La Educación está garantizada en nuestra Carta Magna, pero a continuación coloco un compendio de leyes y artículos que nos ayudan a la hora de velar por ese derecho para nuestros hijos en instituciones privadas: Ley Orgánica de Educación (LOE) en sus artículos N° 6-1e, 6-2i, 25 y Disposiciones Transitorias PRIMERA – 2 y 3; el Reglamento de la LOE en sus artículos N° 57, 60, 72 y 139; la LOPNA en sus artículos números 147-g y 186.
Norma
fundamental a la hora de señalar irregularidades cometidas por los
centros educativos privados en aumentos de matrículas y similares es
la Gaceta Oficial N° 40.452 del 11 de julio de 2014 – Resolución
114 del Ministerio del Poder Popular para la Educación. Hay que
leerla toda y aprendérsela pero destacan los artículos números del
1 al 6, pero sobre todo el artículo 17.
La
educación es un derecho, no una mercancía para que alguien se haga
rico a costa de la necesidad de los demás. Nuestro deber como
ciudadanos es velar por el respeto de las leyes que existen y
protegen a nuestros niños y jóvenes, al futuro de nuestra patria.
Agradezco sobremanera al Abogado Waldemar González quien desde el estado Portuguesa me brindó una muy útil asesoría jurídica para preparar el escrito de este artículo. A continuación encontrará vínculos/enlaces de las leyes mencionadas en el texto:
RESOLUCIÓN 114 DEL MPPE ← (Importante)
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